CASO TZOMPAXTLE TECPILE Y OTROS VS. MÉXICO. EXCEPCIÓN PRELIMINAR, FONDO, REPARACIONES Y COSTAS
El caso Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México aborda la responsabilidad del Estado mexicano por violaciones a la libertad personal y la presunción de inocencia. La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró a México responsable y ordenó diversas medidas de reparación por la aplicación del arraigo y la prisión preventiva.
- Se reclama la violación de derechos humanos, específicamente la libertad personal, la presunción de inocencia y la integridad personal de las víctimas, Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López, en el contexto de su detención y proceso penal.
- La Corte resolvió que el Estado de México es responsable por las violaciones mencionadas y ordenó la adecuación de su ordenamiento jurídico, así como reparaciones a las víctimas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Corte consideró que, por tratarse de una medida restrictiva a la libertad de naturaleza preprocesal con fines investigativos, resultaba contraria al contenido de la Convención, en particular vulneraba per se los derechos a la libertad personal y la presunción de inocencia de la persona arraigada." "Asimismo, concluyó que el Estado vulneró su obligación de adoptar disposiciones de derecho interno contenida en el artículo 2 de la Convención Americana en relación con el derecho a no ser privado de la libertad arbitrariamente." "En cuanto a la prisión preventiva, la misma resultaba per se contraria a la Convención Americana porque no hacía mención a las finalidades de la prisión preventiva, ni a los peligros procesales que buscaría precaver."
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