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CASO BENDEZÚ TUNCAR VS. PERÚ. EXCEPCIONES PRELIMINARES Y FONDO

Leónidas Bendezú Tuncar reclamó la violación de sus derechos laborales tras su despido de la Universidad de San Martín de Porres. La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que Perú no es responsable por la falta de garantías judiciales en los procesos laborales iniciados por el reclamante.

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- Se reclama la violación de derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial tras el despido de Leónidas Bendezú Tuncar por la Universidad de San Martín de Porres.
- La Corte resolvió que el Estado peruano no vulneró los derechos del reclamante, al considerar que los procesos judiciales internos fueron adecuados y que las decisiones tomadas no contravinieron las obligaciones internacionales del Estado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El mero hecho de que un recurso interno no produzca un resultado favorable al reclamante no demuestra, por sí solo, una vulneración al derecho a un recurso eficaz." "Los órganos judiciales que intervinieron efectuaron un examen del alegato del señor Bendezú. Por tanto, él contó con un recurso judicial apto para abordar su reclamo." "Se trata de aspectos propios del derecho interno, referidos a presupuestos de admisibilidad de recursos judiciales, que no resultan contrarios a las obligaciones internacionales del Estado."

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