CASO PUEBLOS INDÍGENAS TAGAERI Y TAROMENANE VS. ECUADOR. EXCEPCIÓN PRELIMINAR, FONDO, REPARACIONES Y COSTAS
Los Pueblos Indígenas Tagaeri y Taromenane promovieron un reclamo por violaciones a sus derechos humanos en el contexto de su aislamiento voluntario. La Corte IDH declaró la responsabilidad del Estado de Ecuador por múltiples violaciones a sus derechos, enfatizando la necesidad de proteger su territorio y su forma de vida.
- Se reclama la violación de derechos humanos de los Pueblos Tagaeri y Taromenane, así como de dos niñas integrantes de estos pueblos, en el contexto de su aislamiento voluntario.
- La Corte IDH resolvió que el Estado de Ecuador es responsable por la violación a derechos como la propiedad colectiva, la libre determinación, y la integridad personal, entre otros.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El principio de no contacto y el respeto a su elección de permanecer en aislamiento deben ser las premisas fundamentales para guiar el análisis de las acciones estatales." "La creación de la ZITT, con el establecimiento de una zona de amortiguamiento, puede considerarse una salvaguarda efectiva del derecho de propiedad colectiva de los PIAV." "El Estado conocía de la situación de riesgo inmediata y del carácter inminente del ataque en contra de los PIAV, pero que las medidas tomadas no tuvieron un enfoque intercultural que pudiera evitar las acciones de retaliación." "El Estado no ha dado una efectiva protección a la intangibilidad de la ZITT frente a los riesgos de intrusión de agentes externos."
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