P., J. F. C/ P., A. R. G. S/ ALIMENTOS
El hijo J.F.P. promovió juicio de alimentos contra su padre A.R.G.P. solicitando una cuota alimentaria hasta los 25 años para poder culminar sus estudios. La jueza determinó que se establece una cuota alimentaria del 15% de los haberes del demandado, que se extenderá hasta los 25 años o hasta finalizar los estudios.
¿Quién es el actor?
J.F.P.
¿A quién se demanda?
A.R.G.P.
- Objeto de la demanda: Cuota alimentaria hasta los 25 años para el sostenimiento durante los estudios universitarios.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda de alimentos estableciendo una cuota del 15% de los ingresos del demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho alimentario de los hijos se extiende hasta los veintiún (21) años... puede serlo hasta los veinticinco (25) años si se dan las condiciones establecidas por el art. 663 CCCN." "El actor ha acreditado que desde el 2021 estudia, y si bien dejó las dos primeras carreras elegidas, cursa con regularidad y buen rendimiento académico...". "El deber alimentario del hijo mayor debe extenderse hasta los veinticinco años siempre que se forme y prepare con la regularidad que exige razonablemente la carrera."
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