A., P. F. C/ G. R. M. S/ ORDINARIO DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió una acción de indemnización por daños y perjuicios derivados de la falta de reconocimiento paterno. La Jueza de Familia Nº1 hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando al demandado a abonar $3.000.000 en concepto de daño no patrimonial.
¿Quién es el actor?
P.F.A.
¿A quién se demanda?
R.M.G.
- Objeto de la demanda: Indemnización por daños y perjuicios por falta de reconocimiento paterno.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar parcialmente a la demanda, condenando al demandado a pagar $3.000.000 por daño moral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La falta de reconocimiento por sí sola no es generadora de responsabilidad civil. Es necesario que concurra con los demás presupuestos de la responsabilidad, es decir, antijuridicidad, daño, relación causal y factor de atribución... el reconocimiento oportuno de los hijos es un deber legal que conjuga con el derecho a la identidad de las personas y su incumplimiento habilita el reclamo por daños de darse los presupuestos de responsabilidad civil." "Surge acreditada la instancia de mediación en la cual se logró acuerdo parcial con el demandado habiéndose este comprometido... en un plazo de sesenta (60) días... A la fecha de demandar el Sr. A. incorporó una constancia de inicio del trámite de reconocimiento de fecha 02/01/2024..." "Respecto a este daño el mismo exige su debida acreditación por quien lo invoca, a excepción que surja notorio, evidente de los propios hechos... no se evidencia un daño concreto y computable económicamente que equipara a la pérdida de chance."
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