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B., G. K. C/ D., L. M. S/ ORDINARIO LIQUIDACIÓN SOCIEDAD CONYUGAL

El actor promovió un juicio de liquidación de la sociedad conyugal tras el divorcio de la Sra. G.K.B. y el Sr. L.M.D. La Jueza de Familia Nº1 resolvió hacer lugar parcialmente a la liquidación, dividiendo los bienes gananciales y reconociendo diversas recompensas por pagos efectuados.

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Actor: G.K.B. Demandado: L.M.D. Objeto: Liquidación de la sociedad conyugal tras el divorcio. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la acción de liquidación, excluyendo ciertos bienes y reconociendo créditos por recompensas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“El divorcio produce la extinción de la comunidad de ganancias, y el artículo 480 del CCCN determina el momento en que se produce la extinción de la comunidad de bienes en caso de divorcio...”. “Se reconoce un crédito al Sr. D. por la mejora que tuvo la masa propia por inversión de dinero ganancial en la misma”. “Se admitirá la recompensa pedida por la actora pero solo por la suma de $ 138.137,78...”.

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