ROBLEDO, WALTER NICOLAS Y OTRO c/ EN - M JUSTICIA DDHH - SPF - DEC 586/19 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara rechazó el recurso de apelación contra una sentencia que confirmó el rechazo de una demanda por modificación reglamentaria en materia salarial. El tribunal consideró que las normas cuestionadas estaban dentro de la potestad reglamentaria administrativa y no afectaban derechos constitucionales ni garantías invocadas.
¿Quién es el actor?
Walter Nicolás Robledo y otro
¿A quién se demanda?
En –M Justicia DDHH
- SPF
- DEC
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de modificaciones reglamentarias (Decreto N° 586/19 y Resolución N° 607/19) que alteran la estructura salarial del personal del Servicio Penitenciario Federal, argumentando arbitrariedad, ilegitimidad y afectación de derechos constitucionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, argumentando que las normas impugnadas se ajustan a derecho y que no existe vulneración constitucional, además de que la equiparación salarial fue derogada por normativa vigente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara, siguiendo el dictamen del Fiscal General, sostuvo que las normas cuestionadas no vulneran derechos constitucionales ni garantías invocadas, ya que la Administración actuó en ejercicio de su potestad reglamentaria, sin afectar el derecho a una remuneración justa ni configurar un acto legislativo que invada competencias del Congreso. La derogación expresa de las disposiciones que relacionaban remuneraciones entre distintas fuerzas, mediante el Decreto N° 2192/86, fue interpretada como una derogación de la equiparación salarial prevista en el artículo 95 de la Ley N° 17.237, y la Corte Suprema ha afirmado que el derecho a una remuneración justa no implica un escalafón pétreo ni el mantenimiento inalterable de leyes o reglamentos. También se analizó la alegación de deterioro salarial por la disminución del porcentaje del suplemento por antigüedad, concluyendo que no se ha demostrado un daño patrimonial efectivo, ya que la reducción aislada del porcentaje no implica una merma en la remuneración total cuando se consideran todos los componentes del haber mensual, y que las modificaciones normativas buscaban evitar perjuicios económicos mayores y garantizar la absorción de eventuales diferencias por incrementos futuros. En conclusión, la Cámara rechazó los agravios de la parte actora, confirmó la sentencia de primera instancia y dispuso el rechazo del recurso con costas a la parte demandada, por inactividad procesal.
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