MUZIO LOZANO, JERONIMO MARTIN Y OTROS c/ EN-M JUSTICIA (RESOL 376/24) s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La Cámara de Apelaciones revoca la decisión de primera instancia y concede la medida cautelar solicitada, ordenando la suspensión del artículo 2° de la Resolución N° 376/2024 del Ministerio de Justicia, en protección de derechos alimentarios de los actores.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora demanda la suspensión del artículo 2° de la Resolución N° 376/2024 del Ministerio de Justicia, que implica el cese del pago de incentivos en leyes 23.283 y 23.412, afectando su salario en un porcentaje de entre 35 y 45%. La jueza de primera instancia rechazó la medida cautelar por considerar que no acreditaba verosimilitud ni perjuicio irreparable, fundamentando que las medidas cautelares no proceden por la presunción de legitimidad de los actos administrativos. La Cámara de Apelaciones revoca esa decisión, argumentando que la medida requiere la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, ambos presentes en el caso. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que los incentivos percibidos por los agentes públicos constituyen parte del haber mensual, por lo que su reducción implica una disminución sustancial del salario. La reducción del 35-45% en los ingresos de los actores, que son de naturaleza alimentaria, genera un daño irreparable y grave que justifica la medida cautelar. Además, se concluye que la demora en la resolución del recurso administrativo no afecta la procedencia de la cautelar, y que la diferencia de tratamiento respecto a otros agentes públicos no carece de justificación objetiva. Por todo ello, la Cámara hace lugar al recurso, revoca la resolución de primera instancia y ordena la concesión de la medida cautelar, con costas a la parte demandada.
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