.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires declaró la abstracción del recurso de casación por vencimiento de la pena, confirmando la decisión de la instancia anterior y resolviendo que el planteo carece de sentido tras el vencimiento de la pena impuesta. La decisión se fundamenta en que la pena venció el 22/07/2025, haciendo innecesario el tratamiento del recurso. Se consideró que la cuestión ha devenido abstracta, conforme a los arts. 450, 448 -a contrario-, 530 y 531 del CPP, y que la defensa no debe costas en esta instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso de casación fue presentado por Rubén Ignacio Urriza, en representación de María Sol Del Valle Luna, contra la decisión de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Matanza que confirmó el rechazo de la libertad asistida. La Cámara de Casación, tras analizar la situación, concluyó que la pena impuesta a Luna venció el 22/07/2025, por lo que el tratamiento del recurso resulta ahora abstracto y sin sentido. La mayoría de los jueces señalaron que, dado el vencimiento de la pena, la revisión del fallo en esta sede resulta insubstancial y que no corresponde continuar con el trámite del recurso. La fundamentación se basa en los arts. 450, 448 -a contrario-, 530 y 531 del CPP, destacando que la cuestión ha devenido abstracta. Los jueces Kohan y Natiello expresaron sus votos en concordancia, adhiriendo a la declaración de abstracto. La resolución concluye que no corresponde pronunciamiento sobre el fondo del recurso y que no se deben costas en esta instancia.
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