.................... S/ HABEAS CORPUS
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Provincia de Buenos Aires resolvió declarar inadmisible la acción de hábeas corpus promovida en favor de Darío Sergio Romero, fundamentando que el recurso no resulta procedente en el contexto del proceso penal y que la vía adecuada es la ordinaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La acción de hábeas corpus fue promovida por el defensor oficial en representación de Darío Sergio Romero, quien solicitaba la libertad y sobreseimiento por considerar que padece un Trastorno Delirante y que, por su estado mental, no estaba en condiciones de afrontar el proceso penal, reclamando además su atención por la Justicia de Familia y otros órganos. La Cámara analizó la normativa y la jurisprudencia aplicable, destacando que los fallos de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires establecen que el hábeas corpus debe limitarse a cuestiones de excarcelación o eximición de prisión que surjan tras el auto de prisión preventiva, y no puede usarse como mecanismo para cuestionar la inimputabilidad o la salud mental del imputado en el marco del proceso. La Cámara sostuvo que la acción fue mal fundada y que la vía adecuada para tratar la inimputabilidad y la salud mental del acusado es la jurisdicción de familia y de salud mental, por lo que corresponde declararla inadmisible. La decisión fue adoptada por unanimidad, adhiriendo los jueces Kohan y Natiello.
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