.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por Nicolás Martín Zalazar contra la sentencia condenatoria. La decisión se basó en que la conducta encuadra en el tipo penal de portación ilegal de arma de guerra, negando la aplicación de la figura atenuada y confirmando la pena de cinco años de prisión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Nicolás Martín Zalazar, fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 5 del Departamento Judicial La Matanza a cinco años de prisión por portar ilegalmente un arma de guerra en un lugar público y disparar en varias ocasiones. La defensa interpuso recurso de casación argumentando que Zalazar no tenía intención ilícita, solicitando la aplicación del art. 189 bis inc. 2 párrafo sexto del C.P. y cuestionando además el quantum de la pena. El tribunal de casación analizó las pruebas y testimonios, concluyendo que Zalazar portaba y utilizó el arma en condiciones que hacen presumir su utilización para fines ilícitos, rechazando la figura atenuada por no cumplirse los requisitos del art. 189 bis inc. 2 párrafo sexto del C.P. La Cámara también desestimó la queja respecto del monto punitivo, señalando que la valoración de agravantes y atenuantes no implica necesariamente la imposición del mínimo legal. Finalmente, declaró inadmisible el recurso de casación y confirmó la sentencia condenatoria, regulando los honorarios profesionales en un 25% de lo regulado en la instancia de origen.
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