DI PEDE SILVIO LUCIO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
Tribunal del Trabajo Nº 2 de Quilmes decide homologar conciliación en causa por enfermedad profesional, estableciendo pago de $3.000.000, costas, regulación de honorarios y condiciones de pago. La decisión respeta los derechos de las partes y la normativa laboral aplicable, beneficiándose la parte actora con efectos de cosa juzgada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa 35414, caratulada "DI PEDE SILVIO LUCIO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL", fue resuelta por el Tribunal del Trabajo Nº 2 de Quilmes. Los jueces consideraron que la conciliación alcanzada entre las partes no enervaba el orden público laboral ni las disposiciones de los arts. 15 y 263 LCT, por lo que corresponde homologarla. La resolución destaca que: "la conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada". Además, se establecen las condiciones de pago, costas, regulación de honorarios y cumplimiento de obligaciones. La homologación implica que la suma acordada de $3.000.000 será pagada en las condiciones pactadas, con la exención del pago de tasas y sellados, y que los honorarios profesionales y del perito serán abonados según lo regulado, con los requisitos de acreditación y plazos correspondientes. La sentencia se fundamenta en la voluntad de las partes y en la normativa vigente, garantizando la seguridad jurídica del acuerdo.
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