SALVATIERRA GLADYS DEL VALLE C/ GUERRISE EMANUEL Y OTROS S/ DESPIDO
La homologación de la conciliación en un proceso por despido, resolviendo por unanimidad, que la misma es justa y efectiva, y debe beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada, en un acuerdo que implica la aceptación de la suma de 1.800.000 pesos y condiciones relacionadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa 38931, "SALVATIERRA GLADYS DEL VALLE C/ GUERRISE EMANUEL Y OTROS S/ DESPIDO", termina con la homologación de una conciliación extrajudicial entre la actora y la demandada por un monto de 1.800.000 pesos, imputable a los rubros reclamados en autos. El tribunal considera que la conciliación logra una justa composición de derechos e intereses, no enervando las disposiciones laborales de orden público emanadas de los arts. 15 y 263 LCT, por lo que corresponde su homologación para que tenga efectos de cosa juzgada. La resolución también dispuso costas, exención del pago de tasas y honorarios regulatorios, y estableció los medios de pago en cuentas bancarias de los profesionales y del beneficiario, con las formalidades y plazos correspondientes. Se destacó que en caso de incumplimiento, el beneficio cesará. La decisión se fundamenta en la conveniencia de otorgar eficacia jurídica a un acuerdo voluntario, en línea con la normativa laboral, y en la conveniencia de evitar mayores dilaciones procesales, garantizando el cumplimiento efectivo del acuerdo.
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