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COOPERATIVA DE TRABAJO COSTA DORADA LTDA. y otros S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La Cámara homologó un acuerdo transaccional por $4.500.000 entre la actora y la demandada, regulando honorarios y costas, y confirmó la validez del mismo. La resolución resolvió la homologación del acuerdo conciliatorio y la regulación de honorarios profesionales en base a la ley 14.967 y sus modificaciones.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante Adriana del Valle Suárez promovió una homologación de acuerdo conciliatorio con la Cooperativa de Trabajo Costa Dorada Ltda., en el marco del expediente Nro. 74761. La sentencia afirmó que "importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Dec. Ley 15.057), deberá homologarse la misma, teniendo presente lo demás manifestado e imponiéndose las costas a la demandada". La suma total de $4.500.000 fue homologada y se reguló la honorificación de los profesionales en 7 JUS equivalentes a $295.533 cada uno, con adición de IVA. La mayoría del tribunal reguló los honorarios en esas cifras, mientras que el Dr. Novoa consideró que correspondía aplicar el mínimo del art. 21 de la ley 14.967, regulando honorarios en 10,65 JUS (valor de $450.000). La resolución también recuerda que las providencias de honorarios deben notificarse personalmente y establece los plazos para su pago. La homologación incluye la aceptación de las partes del acuerdo y la regulación de honorarios y costas, con costas a cargo de la codemandada Pampa Fish S.A. y la Cooperativa de Trabajo Costa Dorada Ltda.

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