.................... S/ RECURSO DE QUEJA INTERPUESTO POR PARTICULAR DAMNIFICADO
La Cámara de Casación Penal rechaza las quejas del Ministerio Público Fiscal y la Particular Damnificada contra la resolución que denegó recursos de casación en juicio por jurados, fundamentando la irrecurribilidad del veredicto de no culpabilidad y la falta de arbitrariedad en la decisión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, integrada por el Ministerio Público Fiscal y la Particular Damnificada, interpuso recursos de queja contra la resolución que denegó sus recursos de casación en un juicio por jurados.
- La Cámara analiza si dichas quejas son admisibles y procedentes, concluyendo que cumplen con los requisitos formales y que las normas que limitan la impugnación del veredicto de no culpabilidad, como los arts. 371 quater inciso 7° y 452 in fine del CPP, son constitucionales y se ajustan al derecho.
- Se destaca que el veredicto del jurado es una decisión soberana e irrecurrible, y que la inhabilitación del Ministerio Público Fiscal y del particular damnificado para recurrir el veredicto de no culpabilidad está respaldada por la ley y la jurisprudencia.
- La sentencia sostiene que la ley ha decidido, en estos casos, impedir la impugnación del veredicto para preservar la soberanía popular y la integridad del proceso por jurados, y que no se evidencia arbitrariedad o violación constitucional en la resolución impugnada.
- Finalmente, la Cámara rechaza las quejas por inadmisibilidad y fundamenta que la decisión impugnada se ajusta a derecho, por lo que confirma la denegatoria de los recursos.
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