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CAMINOZ JAQUELINE SABRINA C/ MALDONADO GUSTAVO ALFREDO y otros S/ DESPIDO

La Cámara homologó el acuerdo conciliatorio por su justicia y ordenó el pago de $4.500.000 a favor de la actora, confirmando la suma y la eximición de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual. La decisión reafirma la validez del acuerdo y regula honorarios y costas.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal homologó el acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes en la audiencia de vista de causa, en el que la parte demandada se comprometió a pagar la suma de $4.500.000 a la actora. La solución garantiza una justa composición de los derechos y deberes, según el art. 15 de la L.C.T. y el art. 30 Ley 15.057, homologando el acuerdo en sus términos. La mayoría del tribunal decidió eximir de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual, mientras que la disidente consideró que, en virtud del art. 338 y 341 del Código Fiscal y la facultad del magistrado, no corresponde la exención. La decisión también regula honorarios profesionales, costas y notificaciones, reafirmando la validez del acuerdo y su cumplimiento. La resolución resalta la importancia de la homologación para dar seguridad jurídica y garantizar la ejecución del acuerdo, confirmando la validez del monto acordado y las condiciones pactadas, en un proceso que refleja la voluntad de las partes y la función conciliatoria del tribunal.

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