MARSADRI ALAN ALEXIS C/ PREVENCIÓN ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un juicio por accidente de trabajo, confirmando la suma de 8.000.000 pesos a favor del actor y estableciendo costas y regulación de honorarios. La decisión se fundamenta en la justicia del acuerdo y en la ley 15.057, con análisis sobre la tasa de justicia y honorarios profesionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio entre ALAN ALEXIS MARSADRI y PREVENCIÓN ART S.A. en un expediente por accidente de trabajo. La resolución confirma la suma de 8.000.000 pesos con costas a cargo de la demandada, y regula honorarios profesionales y periciales. La mayoría del tribunal decidió eximir de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual del acuerdo, fundamentando en lo dispuesto por la ley 15.057 y en la normativa fiscal vigente. La disidencia, representada por la Dra. Bartoli, consideró que no correspondía la exención de la tasa por la normativa aplicable. La resolución además regula honorarios de letrados y peritos, y ordena notificaciones conforme a la ley. La decisión se fundamenta en la conveniencia de la homologación del acuerdo en virtud de una justa composición de derechos y deberes, en línea con los artículos 15 de la LCT y 30 de la ley 15.057, y en la necesidad de garantizar la ejecución del acuerdo, con especial atención a la tasa de justicia y honorarios.
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