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ROSSI, ADRIAN FLOREAL C/GALENO ART S.A. S/EJECUCION DE HONORARIOS

Homologación de acuerdo conciliatorio en causa laboral por ejecución de honorarios; el tribunal confirmó la validez del acuerdo y ordenó su homologación, estableciendo los montos y condiciones de pago, así como las costas y honorarios profesionales.


- Quién demanda: ADRIAN FLOREAL ROSSI

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

homologación del acuerdo conciliatorio en la causa "ROSSI, ADRIAN FLOREAL C/GALENO ART S.A. S/EJECUCION DE HONORARIOS" por la suma de $292.361,10 más aportes y costas.

¿Qué se resolvió?

el tribunal homologó el acuerdo, ordenando el pago de la suma conciliada, impuestos, honorarios y costas, y estableció los procedimientos para el cumplimiento y depósito de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las partes de común acuerdo han llegado a una conciliación en la presente causa, de la que instruye el acuerdo de fecha 08 de julio de 2025. No existe a mi juicio, impedimento legal para que se dicte sentencia homologando la conciliación mencionada que pone fin al pleito y en la forma dispuesta por el art. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., de modo que las partes tengan a su favor una declaración de certeza y gocen de los beneficios de la cosa juzgada, sobre todo cuando se trata de derechos litigiosos y se ha arribado a una justa composición de los mismos." "Es procedente en consecuencia, homologar la conciliación por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON DIEZ CENTAVOS ($292.361,10) -equivalentes al día de la fecha a 6,92 JUS-, más sus respectivos aportes, que la demandada -sin reconocer hechos ni derechos y al solo efectos conciliatorio-, se allana a pagar a los 20 días hábiles de notificada la homologación." "Deberá homologarse asimismo lo convenido por las partes para el caso de demora o incumplimiento en el pago de todas o cada una de las cuotas, supuesto en el que se producirá la mora automática del importe pactado." "Corresponde asimismo imponer las costas a la demandada de acuerdo a lo convenido, teniendo al efecto presente el reconocimiento de honorarios formulado." "En virtud de lo normado por los arts. 1, 15, 16, 21,22, 24, 25, 28 inc. h), 43, 51 y 54 de la Ley 14.967 y atento el mérito de la labor desarrollada y resultado del presente, REGÚLENSE los honor

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