LOBOS, ELIANA ALEJANDRA C/MOLINA, OSVALDO GUSTAVO S/DESPIDO
La sentencia condenó a Osvaldo Gustavo Molina al pago de más de ocho millones de pesos por indemnizaciones laborales, considerando la existencia de relación laboral, despido indirecto y cumplimiento de requisitos legales. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia y rechazó recursos de las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Eliana Lobos, demandó a Osvaldo Molina reclamando indemnizaciones por despido sin registración, con base en que fue empleada como tatuadora en su local "Gumo Tatoo" desde noviembre de 2018, percibiendo en negro una remuneración mensual de aproximadamente 384.000 pesos. La demandada negó la relación laboral y presentó excepciones, pero la evidencia testimonial y documental aportada por la actora acreditó la existencia del vínculo laboral, el comienzo en 5/11/2018, y las tareas realizadas. El tribunal consideró que el silencio del empleador ante los telegramas y comunicaciones de la actora, sumado a la negativa del demandado de reconocer la relación, constituye una injuria que justifica el despido indirecto. La sentencia dispuso que el vínculo se disolvió el 22/12/2023, y condenó a Molina al pago de indemnizaciones por antigüedad, preaviso, SAC, vacaciones, indemnización art. 15 Ley 24.013, agravamiento art. 2 Ley 25323, multa art. 80 de la LCT, y otros conceptos, totalizando 8.427.258,90 pesos. Se rechazaron las pretensiones por vacaciones 2022 y por períodos no prescriptos, y se intimó al empleador a entregar certificados. La sentencia también declaró la inconstitucionalidad del índice Ripte para actualización, proponiendo uno ajustado a la protección del trabajador.
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