PEÑALBA CARLOS DANTE C/ LA SEGUNDA ART S,A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
Tribunal del Trabajo nº 1 de San Nicolás acumuló procesos de revisión por conexidad y declaró competencia, resolviendo la inadmisibilidad de planteos de inconstitucionalidad y disponiendo la acumulación de causas relacionadas con enfermedades profesionales de un mismo actor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Carlos Dante Peñalba, promovió acciones de revisión en los términos del art. 2 inc. "j" de la ley 15.057 contra la Comisión Médica nº 31 B de San Nicolás, en relación a enfermedades profesionales vinculadas a su relación laboral con La Segunda ART S.A. La demanda busca la revisión de los pronunciamientos de la comisión médica por incapacidad laboral. La Cámara consideró que los procesos son acumulables por identidad de partes, causa y objeto, y que la acumulación evita sentencias contradictorias y logra eficiencia procesal, conforme a la jurisprudencia provincial. La disidencia argumentó que la conexidad no justifica la acumulación, pues no existe riesgo de sentencias contradictorias y que la estrategia del actor estuvo limitada por el procedimiento administrativo previo. La mayoría declaró la competencia del tribunal, la acumulación de causas y la inadmisibilidad del planteo de inconstitucionalidad respecto del plazo de caducidad, con costas en el orden causado. Se diferió el análisis de otros planteos de inconstitucionalidad y defensas para el fallo definitivo.
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