FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TRANSPORTE DE LOS ARROYOS SRL S/ APREMIO
El tribunal aceptó el desistimiento del actor en la ejecución promovida y declaró la extinción del proceso, eximiendo al Fisco de la Provincia de Buenos Aires de costas, tasas y gastos. La resolución fundamenta en la voluntariedad del desistimiento y la ausencia de litis formada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Transporte de los Arroyos SRL, solicitó desistir del proceso de ejecución iniciado contra el Fisco de la Provincia de Buenos Aires. La resolución del tribunal analiza la documentación presentada, que incluye acto administrativo firmado electrónicamente y autorización de Fiscalía de Estado, y concluye que el desistimiento es voluntario y válido, sin que sea necesario traslado previo, dado que no se ha trabado litis. La declaración de desistimiento produce la extinción del proceso y exime al Fisco del pago de tasas, gastos y honorarios, en conformidad con los artículos 304 y 305 del Código Procesal Civil y Comercial, y la Ley 13.406. Fundamentos principales: "De las constancias que el proceso exhibe se observa que la parte actora desistió de esta ejecución que promoviera, conforme así surge de la lectura del acto administrativo N° 3392, que en copia firmada electrónicamente por funcionario competente, se agregó en archivo pdf por el Letrado Apoderado interviniente, quien a su vez acompañó la autorización emanada de Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, por la que se le permite culminar este apremio por ese modo anormal de terminación previsto en el art. 304 C.P.C.C. aplicable por remisión del art. 25 de la ley 13.406." "El desistimiento es uno de los modos mediante el cual se exterioriza la voluntad de poner fin al proceso. Esa abdicación a la pretensión jurídica importa dejar sin efecto todos los actos que fueron consecuencia de su promoción, entre ellos, las medidas precautorias dispuestas." "Por ello, de conformidad con lo pedido y lo normado por los artículos 304 y 305 C.P.C.C., aplicables por reenvío del art. 25 de la ley 13.406, el tribunal declara la extinción del proceso y exime al Fisco de la Provincia de Buenos Aires del pago de tasas, gastos y honorarios."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: