FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ROVIRA FRANCISCO S/ APREMIO PROVINCIAL
La sentencia ordena el remate y pago del capital de $1.033.050,20, con intereses desde la interposición de la demanda, en un proceso de ejecución fiscal. La resolución confirma la procedencia del apremio y establece costas a cargo del demandado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, el Fisco de la Provincia de Buenos Aires, demanda a ROVIRA FRANCISCO en un proceso de apremio para la ejecución del pago de $1.033.050,20, monto principal con intereses aplicados según el art. 104 del Código Fiscal.
- La sentencia declara que no habiendo el demandado opuesto excepciones dentro del plazo legal, se le da por perdido el derecho de defensa y se ordena la ejecución hasta que pague en su totalidad la suma reclamada.
- La jueza fundamenta que, conforme a los arts. 116 y 155 del C.P.C.C y 25 de la Ley 13.406, la inacción del demandado implica la pérdida de su derecho y la procedencia de la medida cautelar y remate.
- Se ordena la ejecución por la suma principal, intereses desde la demanda, con costas a cargo del demandado, y se difiere la regulación de honorarios. La causa se da por constituido el domicilio procesal de la parte demandada en los estrados del juzgado.
- La resolución fundamenta que: “No habiendo oposición de excepciones por parte de ROVIRA FRANCISCO dentro del término legal, se le da por perdido su derecho de defensa y se ordena el embargo y remate del bien para garantizar el pago del crédito fiscal.”
- La sentencia también puntualiza que, “según lo dispuesto en los arts. 7, 13 y 41 del C.P.C.C y la Ley 13.406, la falta de oposición en plazo implica la aceptación de los términos de la ejecución.”
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