RIVERO MARIA PAULA C/ LA TORRE GABRIEL ERNESTO S/ DESPIDO
La sentencia condenó a la empleadora por despido injustificado, reconoció la relación laboral, y ordenó el pago de más de 3.5 millones de pesos en concepto de indemnizaciones, haberes adeudados y otros rubros, además de declarar la inconstitucionalidad de la prohibición de indexación, estableciendo actualización por IPC y intereses del 4% anual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La acción fue promovida por María Paula Rivero contra Gabriel Ernesto La Torre solicitando indemnización por despido injustificado. El tribunal acreditó la existencia de una relación laboral desde marzo de 2004, con tareas de camarera en un local de Quilmes, y que la extinción del vínculo en diciembre de 2020 fue injustificada, al no haberse acreditado las causales invocadas por el empleador. La sentencia reconoció que el despido fue sin causa y ordenó el pago de una suma sustancial, incluyendo indemnizaciones, haberes adeudados, vacaciones proporcionales, diferencias salariales y agravamientos indemnizatorios por la normativa vigente y la declaración de inconstitucionalidad de la prohibición de indexación. Además, se ordenó la entrega del certificado de trabajo en plazo legal, bajo apercibimiento de multa. La sentencia también abordó la inconstitucionalidad de la normativa que prohíbe la indexación, estableciendo actualización por IPC y intereses del 4%. La conducta del empleador fue considerada dilatoria y negligente en la producción de prueba, especialmente en la documentación laboral y la pericia contable. La sentencia se fundamentó en que la relación laboral se inició en 2004, y que el despido en 2020 fue injustificado, por lo que la trabajadora tiene derecho a la reparación integral de los rubros reclamados.
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