MERLO MILTON EZEQUIEL C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La sentencia homologó el acuerdo transaccional entre las partes, confirmando la validez del mismo y estableciendo las costas a cargo de la parte demandada, además de regular los honorarios de los profesionales y peritos intervinientes, y dispuso medidas para la transferencia de fondos y comunicación con la ART y las partes involucradas.
Quién demanda: Milton Ezequiel Merlo
¿A quién se demanda?
Swiss Medical Art S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de acuerdo transaccional, regulación de honorarios, costas, tasas de justicia y medidas de transferencia de fondos y comunicación con la ART.
¿Qué se resolvió?
El tribunal homologó el acuerdo presentado, ordenó las costas a la parte demandada, reguló los honorarios profesionales y peritos, y estableció instrucciones para la transferencia de fondos y comunicación con las partes y la ART. La decisión se fundamenta en que el acuerdo cumple con los requisitos legales y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes, y que la intervención judicial fue necesaria para su homologación. Fundamentos principales: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones." "Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada." "El Tribunal resolvió homologar el acuerdo presentado a fs. 33 (art. 15 L.C.T.). Con costas a la parte DEMANDADA (art. 24 y 26 Ley 15.057)." "Asimismo, regula los honorarios de los profesionales y peritos, y establece las medidas para la transferencia de fondos, comunicación con la ART y otras instrucciones para garantizar la ejecución del acuerdo." "Por todo ello, el acuerdo transaccional es válido, y la homologación resulta procedente, garantizando la seguridad jurídica y el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes."
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