MINIST. DE TRABAJO DE LA PCIA DE BS AS C/RAZETTO DIANA S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La Cámara de Trabajo de Lomas de Zamora declaró la caducidad de la instancia en proceso laboral por inactividad de la parte actora, en atención a la intimación y al incumplimiento de la misma, decretando la perimida y costas a la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, promovió demanda contra Diana Razetto solicitando el cobro de $300 como indemnización por cobro de pesos. La jueza, tras intimar a la actora a activar el procedimiento, constató que no cumplió con dicha intimación (fs. 37 y 38), y basándose en los arts. 11 y 27 de la Ley 15.057 y el art. 310 del CPCC, declaró la caducidad de la instancia. La decisión se fundamenta en que la inactividad de la parte actora obstaculiza la actividad impulsiva del proceso, siendo que no atendió la requerimiento judicial, evidenciando desinterés en continuar con el trámite. La resolución fue votada en forma unánime por los jueces, quienes consideraron que la conducta procesal de la parte actora justifica la aplicación del instituto de caducidad. La sentencia además dispuso los honorarios del letrado, conforme a los trabajos realizados y las leyes aplicables.
Fundamentos principales:
"Es decir cuándo la inactividad de los litigantes obsta el impulso procesal de oficio, característico en éste Fuero (arts. 11 Ley 15.057
- 310 y conc. del CPCC). Por lo expuesto y siendo que la actora no dió cumplimiento a la intimación dispuesta a fs. 37 debidamente notificada (fs. 38, arts. 41 y 42 del CPCC), lo que evidencia un total desinterés en continuar con el trámite de las actuaciones, corresponde hacer efectivo el apercibimiento contenido en la aludida intimación y decretar perimida la instancia, con costas a la actora."
No se registran votos en disidencia.
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