POSADA PAULINA C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
Sentencia que declara la inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24.557 y condena al Fisco por enfermedad profesional con una indemnización de $10.400.770. La causa se resolvió en favor de la actora, con reconocimiento de incapacidad laboral del 13,5%, y se establecieron parámetros de actualización y tasas de interés.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Paulina Posada, demanda al Fisco de la Provincia de Buenos Aires por enfermedad profesional y la percepción de prestaciones dinerarias, alegando incapacidad física en su columna relacionada con sus tareas laborales como enfermera en el Hospital Gutiérrez. La demandada niega los hechos y plantea la improcedencia, reservándose la cuestión de constitucionalidad del art. 12 de la ley 24.557. La prueba testimonial y pericial médica concluye que la paciente presenta una incapacidad del 13,5%, vinculada a patologías degenerativas en columna dorsal y lumbar, con concausalidad del 50%. La pericia médica avala esta relación, aunque la valoración del nexo causal en la patología cervical no fue probada. El tribunal, tras analizar la prueba y la jurisprudencia, declara la inconstitucionalidad del art. 12 de la ley 24.557 por afectar la reparación integral en daños laborales. Considera que la indemnización debe calcularse con base en el salario actualizado a la fecha del evento, proponiendo una suma total de $10.400.770, que incluye una suma mayor a la mínima indemnizatoria legal, y establece intereses del 3% anual desde la fecha del siniestro hasta la sentencia, y actualización por RIPTE más interés del 6% hasta el pago efectivo. La sentencia condena al Fisco a abonar la suma en 60 días hábiles, con costas a su cargo.
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