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BRIZUELA GONZALEZ ROBERT DAVID C/ SAN ANDRES WALTER FEDERICO Y OTRO/A S/ DESPIDO

Homologación de desistimiento y acuerdo conciliatorio en proceso laboral por despido; la Cámara aprueba las resoluciones y costas según lo pactado por las partes.

Proceso laboral Homologacion Desistimiento Conciliacion Despido Costas Honorarios Ley 20.744 Ley 15.057 Articulo 277 lct

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, BRIZUELA GONZALEZ ROBERT DAVID, demanda por despido a SAN ANDRES WALTER FEDERICO y otro, y también realiza un desistimiento respecto del codemandado CHAPARRO SIXTO RAMON. La Cámara homologó el desistimiento de la acción contra este último sin costas, considerando que no afecta el orden público laboral y que se ha cumplido con la normativa legal, en particular el artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo. Asimismo, homologó la conciliación alcanzada entre las partes en relación con SAN ANDRES WALTER FEDERICO, evaluando que cumple con los requisitos legales y no afecta derechos reconocidos ni disposiciones de orden público, en línea con los artículos 15 de la ley 20.744, y artículos 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial, entre otros. La resolución destaca que la homologación se realiza en un contexto en el que las partes pactaron libremente y que la misma implica la aceptación de todos los rubros reclamados y costas, incluyendo los honorarios y tasas judiciales, con las regulaciones y montos detallados. Fundamentos principales: "Atento a que lo pactado libremente por las partes, que informa el acta de audiencia de vista de causa, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador en autos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable de homologarlo, en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas." "Lo anterior, en virtud de que el presente acuerdo y el desistimiento no afectan el orden público laboral ni derechos inderogables, y que las partes han cumplido con los requisitos legales y formales para la homologación, incluyendo la ratificación del acuerdo en audiencia, sin que existan vicios que puedan invalidarlo." Votos en disidencia: No hay disidencias relevantes en el fallo.

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