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DEVINCENTTI MARIO ABEL C/ CASTEGLIANO CLAUDIO DANIEL y otro/a S/ DESPIDO

El actor solicitó la homologación de una transacción celebrada en el marco de un despido. El Tribunal del Trabajo N° 1 homologó la transacción, considerando que fue celebrada por partes plenamente capaces y en ejercicio de su voluntad.

Incidente Despido Homologacion Transaccion Voluntad Capacidad Honorarios Costas Ley 20.744 Ley 14.967

Actor: DEVINCENTTI MARIO ABEL Demandado: CASTEGLIANO CLAUDIO DANIEL; FERREIRO RICARDO ALFREDO Objeto: Homologación de la transacción celebrada por las partes. Decisión: Homologar la transacción y regular honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido'). Asimismo... corresponde homologar la transacción celebrada por las partes... por medio de la cual dan por terminado el presente juicio." "Las costas serán soportadas por las partes demandadas... Estímanse los honorarios de los doctores DAVID UBALDO OLDONI Y GUILLERMO PEREZ RUDNIK... en la cantidad de 15,79 Jus a cada uno de ellos."

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