ARGÜELLO FACUNDO NICOLÁS C/ MUNICIPALIDAD DE TRES ARROYOS Y OTRO S/ PRETENSION ANULATORIA - OTROS JUICIOS
La sentencia rechazó la demanda de inhabilidad y incompatibilidad de concejales y consejera escolar en la Municipalidad de Tres Arroyos, confirmando que no se acreditaron las inhabilidades invocadas y que no correspondía su declaración de cesantía. La decisión se fundamentó en que las pruebas no demostraron la existencia de los vínculos que generan incompatibilidad, y que la normativa aplicable no incluye enhabilidades por vínculo conyugal o de pareja con contratistas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Facundo Nicolás Argüello, demandó a la Municipalidad de Tres Arroyos y a varios concejales y consejera escolar por supuestas incompatibilidades y conflictos de interés, alegando que los cargos y vínculos familiares o laborales de los funcionarios violaban normativas legales y principios constitucionales. La Municipalidad y los funcionarios defendieron que no existían las inhabilidades invocadas, aportando documentación que acreditaba la situación laboral y familiar, y que las normativas específicas no contemplaban dichas incompatibilidades. La sentencia evaluó la documentación y las normativas aplicables, concluyendo que no se acreditó ninguna inhabilidad ni conflicto de interés, por lo cual rechazó la demanda en su totalidad, confirmando la validez de los cargos y las designaciones. El tribunal resaltó que la interpretación de las normas debe privilegiar la voluntad popular y que las pruebas aportadas no demostraron las incompatibilidades alegadas.
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