BISCAYCHIPY ARIEL FERNANDO C/ MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO
El tribunal rechazó la demanda de nulidad contra la resolución que sancionó con retiro absoluto por abandono de servicio, considerando que la conducta no fue justificada y que la acción disciplinaria no estaba prescrita. La decisión se fundamentó en la ausencia de vicios en el procedimiento y en la prueba que acreditó las inasistencias injustificadas del actor. La sentencia destacó que el actor no logró demostrar que sus inasistencias estaban justificadas por su estado de salud, y que la normativa aplicable establecía la prescripción en cinco años, la cual fue interrumpida por el curso del proceso disciplinario. La motivación de la resolución fue considerada adecuada y fundada en hechos probados, sin indicios de desviación de poder ni ilegalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal analizó la legalidad y validez del acto administrativo que sancionó a Biscaychipy con retiro absoluto por abandono de servicio, tras haber estado incurso en inasistencias injustificadas desde 2011, y consideró que el procedimiento cumplió con las formalidades legales y que la conducta del actor fue acreditada mediante las pruebas producidas. La defensa del demandante alegó vicios procedimentales, venganza y desviación de poder, pero no lograron acreditarse en el expediente. La jurisprudencia citada reafirmó que la simple irregularidad en los procedimientos no genera nulidad si no afecta derechos o produce indefensión. La sentencia concluyó que no existieron vicios en la causa, que la prescripción no operó y que la sanción fue proporcional y fundada en hechos comprobados.
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