FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RODRIGUEZ MARIO ALBERTO S/ APREMIO PROVINCIAL
La sentencia ordena la ejecución del cobro de una deuda fiscal contra Mario Alberto Rodriguez, con la declaración de constituido en domicilio en los estrados del juzgado y la tramitación de trance y remate para garantizar el pago. La resolución se basa en la ley de ejecuciones fiscales y en la falta de oposición del demandado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal, tras constatar que Mario Alberto Rodriguez no opuso excepciones dentro del plazo legal y que su domicilio fue constituido en los estrados del juzgado, dispuso la ejecución de la deuda fiscal en su contra. La sentencia ordena el trance y remate de los bienes del ejecutado y establece que debe abonar la suma de $1.415.873,00, más intereses conforme a la legislación vigente desde la interposición de la demanda. Además, se impusieron las costas al vencido y se diferió la regulación de honorarios para una etapa posterior. La fundamentación principal se basa en los arts. 116 y 155 del CPCC, la Ley 13.406 y el art. 104 del Código Fiscal, señalando que "el demandado no opuso excepciones legítimas dentro del plazo legal" y que "se ordena llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado haga íntegro pago". La resolución se fundamenta en la inexistencia de oposición y en la legislación fiscal aplicable, considerando que la falta de oposición y la constitución en domicilio en los estrados habilitan la continuidad del proceso de ejecución sin mayores trámites.
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