VIDELA ROBERTO ANGEL C/ PREVENCION A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara de Primera Instancia de Avellaneda declaró la caducidad de instancia en un proceso por accidente de trabajo, fundamentando que la conducta de las partes tras la intimación obstaculiza la tramitación del juicio, aplicando criterios restrictivos para la caducidad en el procedimiento laboral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, VIDELA ROBERTO ANGEL, inició una acción especial por accidente de trabajo contra PREVENCION A.R.T. S.A. La Cámara analizó si debía declararse la caducidad de la instancia, considerando que la ley 15.057 establece que esta solo procede cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer el impulso procesal. La sentencia señala que, tras la intimación del 04/08/2025, las conductas de las partes obstaculizaron la normal tramitación del juicio, transcurriendo el plazo establecido en el artículo 11 de la ley mencionada. El tribunal resolvió que la conducta de las partes tras la intimación generó la pérdida de la instancia, declarando la caducidad con costas por su orden. Además, reguló honorarios profesionales y de peritos, y dispuso el archivo de las actuaciones. La fundamentación destaca que la caducidad en el procedimiento laboral requiere un criterio restrictivo y que la conducta procesal de las partes puede dar lugar a su declaración cuando impide continuar el proceso.
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