NOBLIA MARIA SOLANGE C/ STRIEBECK FEDERICO y otro/a S/ DESPIDO
La sentencia homologó en parte un acuerdo conciliatorio en proceso por despido, imponiendo una suma de 1.500.000 pesos a cargo de Federico y Carolina Striebeck, en cuotas, y regulando honorarios y costos. La homologación comprende un pago directo y disposiciones sobre honorarios y pago de aportes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Noblia Maria Solange, reclama por despido y acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes. La sentencia homologó el acuerdo, en el cual los codemandados Federico y Carolina Striebeck se comprometen a pagar una suma total de 1.500.000 pesos en dos cuotas, sin reconocer hechos ni derechos, solo para efectos conciliatorios. La resolución establece además la modalidad de pago, regulación de honorarios profesionales, sanciones en caso de incumplimiento y el reconocimiento de las cuentas bancarias de las partes. Se ordena también la denuncia del acuerdo ante ARCA y la homologación del mismo, con efectos de cosa juzgada. El tribunal consideró que la conciliación no afecta el orden público y que la homologación corresponde conforme a los arts. 1.641, 1.643, 1.644 del Código Civil y Comercial, y art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. La decisión se fundamenta en la voluntariedad de la conciliación, la economía procesal y el cumplimiento de los requisitos legales para su homologación, dejando establecido que la suma acordada es de carácter conciliatorio y no implica reconocimiento de hechos o derechos.
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