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DE CORO RODOLFO OSVALDO S/ SUCESION TESTAMENTARIA Y AB-INTESTATO

Sentencia de declaración de sucesión testamentaria y ab intestato, y apertura de juicio testamentario. El tribunal declara en cuanto hubiere lugar la sucesión de RODOLFO OSVALDO DE CORO a favor de sus hijos y cónyuge, y valida el testamento otorgado en 2013, abriendo la herencia a favor de Patricia Susana DE CORO.

Sucesion testamentaria Sucesion ab intestato Herederos Testamento Apertura de juicio Herencia Fallecimiento Herederos universales Patrimonio Argentina.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor demanda la declaración de la sucesión de RODOLFO OSVALDO DE CORO, fallecido el 21 de mayo de 2016, acreditando su deceso, matrimonio con Susana Carmen GIOSA, y el nacimiento de sus hijos Patricia Susana DE CORO y Gustavo Rodolfo DE CORO. La sentencia considera probado el fallecimiento y la existencia de los herederos, y además, se valida el testamento otorgado por el causante con fecha 6 de noviembre de 2013, cuyo testimonio obra digitalizado en el expediente. La resolución declara en cuanto hubiere lugar que los herederos universales son sus hijos y cónyuge, y ordena la apertura del juicio testamentario, otorgando la posesión de la herencia a Patricia Susana DE CORO en la proporción que la ley permite. Se deja constancia del cumplimiento de la publicación de edictos y de la notificación electrónica conforme a la normativa vigente. Fundamentos principales: "Conforme acta agregada al escrito caratulado DEMANDA
- SE PRESENTA, el causante había contraído matrimonio con Susana Carmen GIOSA el día 16 de febrero de 1962, y de esa unión nacieron Patricia Susana DE CORO y Gustavo Rodolfo DE CORO. De acuerdo con los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, se declara en cuanto hubiere lugar que por fallecimiento de RODOLFO OSVALDO DE CORO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos y cónyuge, en la proporción que la ley establece. Además, se declara válido el testamento otorgado por el causante con fecha 6 de noviembre de 2013, en virtud del dictamen del Ministerio Fiscal, y se ordena la apertura del juicio testamentario, concediendo la posesión de la herencia a Patricia Susana DE CORO."

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