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DIAZ EUSEBIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

El tribunal declara herederos a los hijos de Eusebia DIAZ tras su fallecimiento en 2002. La resolución se basa en la acreditación de defunción, matrimonio y nacimiento, y en la publicación del edicto legal, confirmando a Raúl Luis DIAZ como heredero universal.

Sucesion ab intestado Declaracion de heredero Herederos legales Publicacion edictal Articulos 3410 y 3565 del codigo civil Articulos 735 y 737 del cpcc Herencia Defuncion 2002 Publicacion en boletin oficial Herencia universal

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia resuelve, en un proceso de sucesión ab intestado, que tras la muerte de Eusebia DIAZ ocurrida en 2002, le sucede en carácter de heredero universal su hijo Raúl Luis DIAZ. La decisión se fundamenta en la documentación probatoria presentada, que incluye certificados de defunción, matrimonio y nacimientos, y en la constatación de la publicación del edicto legal en el Boletín Oficial, sin que se hayan presentado impugnaciones. El tribunal considera que los requisitos legales para la declaración de herederos se encuentran cumplidos, y que la publicación del edicto en el boletín oficial cumple con la normativa aplicable, dado que no hubo resultado positivo en la búsqueda de otros herederos o interesados. La sentencia concluye que, conforme a los artículos 3410 y 3565 del Código Civil y 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial, corresponde declarar a Raúl Luis DIAZ como heredero del causante.

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