FERNANDEZ RICARDO ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara la sucesión ab-intestato de Ricardo Alberto Fernandez, fallecido el 3 de octubre de 2022, y reconoce como herederos a su esposa Silvia Juana Luongo y su hija Lorena Natalia Fernandez. La decisión se fundamenta en la acreditación del fallecimiento, vínculo matrimonial y descendencia, y en la publicación del edicto sin resultado negativo.
- Quién demanda: No corresponde, la sentencia es de declaración de sucesión.
¿A quién se demanda?
No aplica.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de herederos ab-intestato de Ricardo Alberto Fernandez.
¿Qué se resolvió?
Se declara que por fallecimiento del causante le suceden en calidad de herederos su esposa Silvia Juana Luongo y su hija Lorena Natalia Fernandez. La decisión se fundamenta en el certificado de defunción, acta de matrimonio, partida de nacimiento y publicación del edicto sin resultado negativo. La resolución se realiza en aplicación de los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con el certificado de defunción agregado en pdf al escrito caratulado DEMANDA
- SE PRESENTA se acredita el fallecimiento de RICARDO ALBERTO FERNANDEZ, ocurrido el día 3 de octubre de 2022."
"De esa unión nació Lorena Natalia FERNANDEZ (ver partida de nacimiento agregada a la presentación)."
"Por ello, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de RICARDO ALBERTO FERNANDEZ le suceden en carácter de universales herederos su hija Lorena Natalia FERNANDEZ y su cónyuge Silvia Juana LUONGO."
"Se funda la resolución en la prueba documental acompaña y en la publicación del edicto de ley, cuyo resultado negativo fue informado."
"Asimismo, se aclara que Silvia Juana Luongo hereda en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los bienes gananciales."
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