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BARBERA ANTONIO RAMON S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaración de herederos por fallecimiento de Antonio Ramón Barbera, con reconocimiento de la sucesión a favor de sus hijos y cónyuge, tras verificación de certificados y publicación de edictos, en cumplimiento de la ley y sin oposición.

Sucesion ab intestato Herederos universales Certificados de defuncion Publicacion edictal Ley 26.994 Herederos hijos y conyuge Requisitos registrales Declaracion de herederos Normativa civil y comercial Articulos 2337 2424 2426 2433 del ccyc

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia declara la sucesión ab intestato de Antonio Ramón Barbera, quien falleció el 12/08/2024. La decisión se fundamenta en la acreditación de su defunción, matrimonio y filiación mediante certificados, y en la ausencia de oposición tras la publicación de edictos, en conformidad con los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial, y artículos 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial. La sentencia reconoce como herederos universales a sus hijos GUSTAVO ARIEL BARBERA, PIEDRABUENA y LEONARDO GABRIEL BARBERA, y a su cónyuge MARIA MERCEDES PIEDRABUENA, en cuanto a bienes propios, sin perjuicio de derechos sobre bienes gananciales. La resolución también ordena el cese de la intervención de la Sra. Agente Fiscal y detalla requisitos para la inscripción registral de la sucesión, incluyendo certificados de inhibición, dominio, y pagos fiscales, entre otros. La fundamentación principal destaca que "se acredita la defunción con certificados y se verifica la inexistencia de oposición tras publicación de edictos, conforme a la ley", y que "los herederos son los hijos y cónyuge del causante, en línea con la normativa civil vigente". No se registran votos disidentes.

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