CARSA S.A C/ TALAVERA JUAN VICENTE S/ COBRO EJECUTIVO
Se dicta sentencia en un proceso ejecutivo por cobro de suma de dinero, reconociendo la existencia de una relación de consumo y ordenando el pago de $10.639,61 más intereses y costas. La decisión se fundamenta en el respeto a principios constitucionales y normativa de protección al consumidor, y en la adecuada tramitación procesal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, CARSA S.A., demanda a JUAN VICENTE TALAVERA por una suma de dinero derivada de un crédito otorgado, en el marco de una relación de consumo. La sentencia reconoce la naturaleza de consumo en la relación y ordena el pago del capital más intereses, estableciendo además la reducción de tasas de interés moratorio por considerarlas abusivas. La decisión se basa en el cumplimiento del art. 529 del C.P.C.C., la normativa de protección al consumidor (ley 24.240, ley 26.361) y la jurisprudencia aplicable (C. 121.684). Se destaca que no se opusieron excepciones legítimas, y que los procedimientos seguidos fueron conforme a la ley. La liquidación incluye intereses desde las fechas de libramiento de los pagarés, con tasas reducidas por abusividad, y costas a cargo del vencido. La decisión también deja constancia del domicilio constituido y la reserva de la documentación. Los fundamentos principales resaltan la protección del consumidor, la legalidad del proceso ejecutivo y la validez de los pagarés, en un marco de respeto a principios constitucionales y normativa provincial y nacional.
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