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MARTINEZ GOMEZ ANDRES ELEODORO S/ SUCESION AB-INTESTATO

El juez declaró su incompetencia para entender en la sucesión ab intestato de Andres Eleodoro Martinez Gomez y ordenó el archivo del expediente por competencia territorial. La decisión se fundamenta en la domicilio del causante en Santa Fe y la normativa de competencia del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.

Incompetencia jurisdiccional Sucesion ab intestato Competencia territorial Domicilio del causante Archivo de expediente Ley de competencia provincial Notificacion electronica Presentacion judicial Provincia de santa fe Codigo procesal civil y comercial.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, representado por la Dra. Fernandez, inició una sucesión ab intestato de Andres Eleodoro Martinez Gomez, domiciliado en Santa Fe, ante un juzgado de la provincia de Buenos Aires. La presentación fue recibida el 3/9/2025. La autoridad judicial, tras analizar la competencia territorial, resolvió declarar su incompetencia y archivar las actuaciones, considerando que la prórroga de competencia prevista en el art. 1 del C.P.C.C. solo es aplicable dentro de la provincia de Buenos Aires. La decisión se basa en que el domicilio del causante corresponde a Santa Fe y que la jurisdicción del juzgado en la provincia de Buenos Aires no resulta competente. La resolución señala expresamente: "Teniendo en cuenta que el último domicilio del causante pertenece a la provincia de Santa Fe (...) y atento que la prórroga de competencia contemplada por el art. 1 del C.P.C.C resulta únicamente aplicable dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires", y concluye con el archivo sin costas ni honorarios, por tratarse de una presentación inoficiosa.

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