M. M. A. S/ RECTIFICACION ASIENTO REGISTRAL
La sentencia ordena la rectificación del estado civil en el título del automotor, estableciendo que M. A. M. era casado con A. S. L. al momento de la adquisición del vehículo, en atención a la documentación y antecedentes presentados, incluyendo la partida de matrimonio y la declaración de herederos. La resolución fue adoptada tras el dictamen favorable del Ministerio Público y en conformidad con el art. 823 del CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, F. M. y A. S. L., solicita la rectificación del estado civil en el título del automotor registrado a nombre de M. A. M. y, en base a la documentación acompañada —partida de matrimonio, certificado de defunción, declaración de herederos— y al dictamen favorable del fiscal, el tribunal ordena la corrección del registro, estableciendo que el estado civil correcto de M. A. M. al momento de la adquisición del vehículo era casado con A. S. L. La resolución se fundamenta en la necesidad de ajustar los datos registrales a la realidad probada en autos, sin base regulatoria adicional, y en la normativa aplicable (art. 823 del CPCC). La sentencia también regula los honorarios profesionales y ordena la emisión de la documentación pertinente.
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