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MATAS DIEGO GABRIEL C/ MINISTERIO DE ECONOMIA S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

La Cámara de La Plata confirmó la condena al Ministerio de Economía por la inconstitucionalidad de las leyes y decretos que redujeron la bonificación por antigüedad, ordenando su pago retroactivo, por considerar que dichas medidas vulneraron derechos constitucionales y principios de progresividad y igualdad.

Derechos laborales Bonificacion antiguedad Inconstitucionalidad Progresividad Igualdad Reduccion salarial Accion de fondo Prescripcion Sentencia confirmatoria Derechos adquiridos


¿Quién es el actor?

Diego Gabriel Matas.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del derecho a la liquidación y pago de la bonificación por antigüedad en un 3% o el porcentaje correspondiente, retroactivo desde la interposición de la demanda o reclamo administrativo, por considerarse inconstitucionales las leyes 11.739, 11.905, sus similares y el decreto 240/96.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se ordenó el pago de las sumas adeudadas, con intereses a tasa del 6% anual desde el devengamiento de cada diferencia, y con aplicación de la tasa pasiva más alta en cada período. Se rechazaron los agravios del Ministerio en relación a la constitucionalidad y la prescripción, fundamentando que las reducciones salariales fueron ilegítimas y que el principio de progresividad impide el retroceso en derechos adquiridos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia sostiene que las normas que redujeron la bonificación por antigüedad implicaron una disminución salarial, vulnerando el principio de progresividad y la cláusula de igualdad, ya que excluyeron a los magistrados por garantía constitucional de intangibilidad. La jurisprudencia y doctrina citadas, incluyendo fallos de la CSJN y de la SCBA, refuerzan que las medidas regresivas en derechos laborales deben ser excepcionales y temporales, situación que en este caso no se cumple. Además, la ley 13.354 restableció el porcentaje del 3% en 2005, confirmando que las reducciones posteriores constituyen un retroceso. La acción no está prescrita, dado que el hecho continuado permite el reclamo, y el reconocimiento se realiza sobre las sumas devengadas. La inconstitucionalidad del decreto 240/96 también radica en su tratamiento igualitario de dependientes que no corresponden al mismo nivel de protección constitucional. La sentencia hace énfasis en que la protección del derecho laboral en la Provincia de Buenos Aires impide retrocesos en derechos adquiridos, en línea con el principio de progresividad y las obligaciones internacionales.

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