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A.F.G. C/P.G.E. Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES O MUERTE

La sentencia condena a P.G.E. y a la aseguradora a abonar una indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, confirmando la responsabilidad del conductor por prioridad de paso y valorando las pruebas rendidas. La Cámara modificó la cuantía de los daños y rechazó los límites de cobertura.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, A.F.G., promovió demanda por daños y perjuicios contra P.G.E., conductor del vehículo Chevrolet Spin, alegando que fue embestido en una intersección por incumplimiento de prioridad de paso, y reclamó una suma de $16.780.000. La parte demandada y la aseguradora reconocieron la existencia del seguro y la responsabilidad, aunque cuestionaron los montos reclamados y la validez de ciertos rubros. La prueba pericial, testimonial y documental, en conjunto, acreditó que el siniestro ocurrió en la intersección de calles Coronel Arena y Saladillo, con prioridad del motociclista por circular por la derecha, y que la colisión fue causada por la maniobra de la demandada. La sentencia valoró las pruebas y concluyó que la colisión ocurrió por la conducta del demandado, quien invadió la trayectoria de la motocicleta, que tenía prioridad. En cuanto a los daños, se determinó una indemnización total de $24.200.000, incluyendo daños físicos, psíquicos, morales, gastos de asistencia, reparación del vehículo, y tratamiento psicológico y kinésico; se rechazaron ciertos rubros como depreciación venal y privación de uso por falta de prueba suficiente. La cobertura del seguro, inicialmente limitada a $39.000.000, fue considerada irrazonable en su límite, por lo que se aplicó el monto vigente al momento del pago, conforme a la jurisprudencia y normativa vigente. La condena incluye intereses al 6% anual desde la fecha del evento, y las costas se imponen a la parte vencida. Fundamentos principales: "El sistema de prioridad de paso establecido en el art. 41 de la ley 24.449 impone que el vehículo que circula por la derecha tiene prioridad absoluta, y la colisión ocurrió cuando la camioneta Spin se atravesó en la trayectoria de la motocicleta, que gozaba de preferencia. La prueba documental, pericial y testimonial, en particular el informe del perito mecánico y la declaración del testigo, confirman esta mecánica, por lo que la responsabilidad recae en la demandada." "Respecto a la cuantificación de los daños, la valoración de la incapacidad física y psíquica, así como de los daños materiales, se realizó conforme a la prueba pericial y la doctrina jurisprudencial, estableciendo sumas justas y razonables. La suma total indemnizatoria de $24.200.000 refleja la gravedad del perjuicio y la pérdida patrimonial del actor." "El límite de cobertura del seguro

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