A.J.D. C/B.C.E. Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJUICIOS
La sentencia condenó al demandado B.C.E. y a la aseguradora a pagar $36.800.000 por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, fundamentando la responsabilidad en la negligencia del conductor al no respetar la distancia de seguridad. La condena incluye la extensión a la aseguradora en los términos del art. 118 de la ley 17.418, y se confirmó la condena por daños, intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por A.J.D. contra B.C.E., conductor del motovehículo Gilera modelo SMX200, por daños ocasionados en un accidente ocurrido el 19/08/2023 en Merlo, por el cual reclama la suma de $31.850.000. La parte actora argumenta que el conductor del motovehículo no respetó la distancia de seguridad y provocó la colisión trasera con su bicicleta, resultando lesiones severas y daños patrimoniales. La parte demandada, por su parte, negó la responsabilidad y alegó culpa de la víctima, desconociendo la documental y ofreciendo prueba en sentido contrario. La sentencia concluye que la responsabilidad del demandado está acreditada al no haber respetado la distancia mínima de seguridad, atendiendo a la prueba pericial y los hechos probados. La pericia mecánica y psicológica acreditan las lesiones y daños psíquicos, justificando la cuantificación del daño en $26.500.000 por incapacidad física y psíquica, $8.500.000 por daño moral, y gastos en tratamientos. La responsabilidad se extiende a la aseguradora en los términos del art. 118 de la ley 17.418, dado su condición de aseguradora del vehículo del demandado, con un límite de cobertura de $23.000.000, que se considera irrazonablemente bajo en relación con los daños actuales. La sentencia también confirma la aplicación de los intereses al 6% anual desde el evento y las costas a la parte vencida.
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