BONDARENKO MAXIMILIANO IVAN Y OTRO/A C/ JUNTA ELECTORAL PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO/A S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - OTROS JUICIOS
La Cámara de La Plata rechazó la medida cautelar que solicitaba ordenar a la Junta Electoral Provincial la emisión de una resolución para incluir agentes policiales en el padrón electoral en establecimientos educativos en las elecciones del 7 de septiembre de 2025. La decisión se basa en la imposibilidad material y jurídica de modificar los padrones en la proximidad de los comicios y en la pérdida de virtualidad de la cuestión ante el inminente acto electoral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Maximiliano Ivan Bonderanko y otro, demanda contra la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, solicitando una medida cautelar que ordene la incorporación en el padrón electoral de agentes policiales que prestan servicio en establecimientos educativos para que puedan emitir su voto en dichos lugares durante las elecciones del 7 de septiembre de 2025. La autoridad judicial, sin embargo, resuelve rechazar la medida, argumentando que fue interpuesta en las últimas horas hábiles previas a los comicios y dentro de la veda electoral, lo que hace material y jurídicamente imposible su cumplimiento. Además, se cita jurisprudencia y la normativa que refuerzan la imposibilidad de modificar los padrones en ese contexto, destacando que la cuestión ha perdido virtualidad ante la proximidad de la fecha electoral y que la medida podría afectar la seguridad y transparencia del acto comicial. La resolución señala: "la medida peticionada resulta material y jurídicamente de imposible cumplimiento atento a la inmediatez del acto electoral y la correlativa imposibilidad fáctica de modificar los padrones electorales en el sentido indicado o, al menos, no sin generar riesgos de confusión, dudas o afectación a la seguridad y transparencia del acto comicial."
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