FISCH MONICA ALEJANDRA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA
La acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social busca que se dicte orden de pronto despacho ante retraso administrativo. El tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó a la autoridad demandada pronunciarse en 15 días, basándose en la vulneración de los plazos administrativos y principios de legalidad y debido proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Mónica Alejandra Fisch, promueve una acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, solicitando que se dicte orden de pronto despacho respecto de un trámite administrativo del 23-04-2025, en el cual la autoridad demandada no se ha expedido hasta la fecha. La Fiscalía de Estado informó que el plazo legal para resolver había vencido y que la demora vulneraba los principios de legalidad y debido proceso, en particular los artículos 77, 80 y 71 del decreto-ley nº 7647/70 y artículos 48 y 50 del mismo cuerpo normativo. El tribunal consideró que la finalidad del proceso especial del art. 76 del CCA es verificar la existencia de mora, no analizar fondo, y que en este caso, la autoridad demandada incumplió con los plazos establecidos, configurando una conducta morosa. Por ello, hizo lugar a la acción de amparo y condenó a la autoridad demandada a pronunciarse en 15 días, sin que ello implique juicio sobre el fondo de la petición administrativa. Además, dispuso las costas a cargo de la demandada y reguló honorarios.
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