LUPPI LILIAN NOEMI C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES -IPS- S/ AMPARO POR MORA
La sentencia confirma la procedencia del amparo por mora contra el IPS, ordenando que se dicte resolución en 15 días por incumplimiento del plazo administrativo, fundamentando que la administración violó los plazos y principios del debido proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Luppi Lilian Noemi, interpuso acción de amparo por mora contra el IPS, solicitando que se ordene la resolución de la petición administrativa presentada el 30/07/24, que aún no fue atendida. La Cámara analizó si existió demora de la administración en resolver. Se destacó que, según el informe presentado, el plazo legal para responder ya venció y que la ley de procedimiento administrativo regula claramente los plazos y la responsabilidad por su incumplimiento. La sentencia señala que la demora vulnera el derecho a una respuesta fundada y oportuna, configurando un acto irregular de la administración que afecta el debido proceso. La resolución concluye que corresponde hacer lugar al amparo, condenando al IPS a resolver en 15 días. Se imponen costas a la demandada y se regula honorarios. La decisión no implica pronunciamiento sobre el fondo del reclamo administrativo, sino sobre la mora en su resolución.
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