MASTRANGELO VICENTE C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - PREVISION
Se concede la medida cautelar para restituir bonificaciones y haberes, ordenando al IPS que liquide y abone en forma íntegra el haber previsional del actor; la decisión se fundamenta en la vulnerabilidad del beneficiario y la evidencia de la disminución arbitraria de sus ingresos previsionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Vicente Mastrangelo, demanda al IPS la restitución de bonificaciones y haberes jubilatorios que fueron reducidos o quitados sin justificación en junio de 2023. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada, ordenando al IPS que liquide y abone el haber completo incluyendo las bonificaciones afectadas. La demanda se basa en que el IPS, mediante resolución y sin aviso previo, modificó unilateralmente los haberes del jubilado, reduciendo su ingreso en forma arbitraria y sin acto administrativo que lo justifique. La parte actora alegó que la verosimilitud del derecho surge de la comparación de recibos y de la certificación de sueldo aportada, además de la vulnerabilidad por su edad de 83 años. La Fiscalía de Estado solicitó el rechazo de la medida, argumentando que las bonificaciones no fueron retiradas y que el expediente está en análisis. La sentencia concluyó que, dado el carácter alimentario del ingreso y la vulnerabilidad del jubilado, se configura el peligro en la demora, justificándose la medida cautelar, que fue concedida, ordenando al IPS que liquide y pague la totalidad de las bonificaciones y haberes pendientes. La decisión también impuso costas a la demandada y reguló honorarios.
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