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BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO. C/ BOUIX JOSE LUIS S/ COBRO EJECUTIVO

La sentencia ordena el remate y la ejecución de la deuda del ejecutado JOSE LUIS BOUIX a favor del BANCO CREDICOOP en un proceso de cobro ejecutivo. El tribunal dispuso continuar la ejecución hasta que se pague la suma total de $412.497,68, incluyendo intereses capitalizables desde la notificación de la demanda, y determinó la liquidación de intereses según la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Además, se regularán honorarios posteriores y se constituye el domicilio de la demandada en los estrados del juzgado.

Ejecucion de cobro Deuda tarjeta de credito Intereses capitalizables Remate Proceso ejecutivo Domicilio constituido Intereses tasa activa Liquidacion intereses Arts. 540 548 549 del c.p.c. Arts. 768 770 771 del cod. civil y comercial de la nacion

Actor: BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO. Demandado: JOSE LUIS BOUIX Objeto: Cobro de suma de dinero por deuda vinculada a tarjetas de crédito (Cabal y Visa) con intereses, derivados de una ejecución de título ejecutivo. Decisión: Se ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro de la suma de $257.720,93 y $154.776,75, más intereses capitalizables desde la notificación de la demanda, y se dispuso que se practique liquidación de intereses según la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta días en pesos. Se rechazaron excepciones por vencimiento del plazo legal, y se hizo saber el domicilio de la demandada en los estrados del juzgado. Se ordenó la traba del remate y la ejecución forzada de la deuda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por devueltos, téngase presente y hágase saber.- Atento el resultado del mandamiento que se le diligenciara a la accionada en su domicilio... y no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 155 y 166 del C.P.C.). En virtud de lo solicitado y dispuesto por los arts. 540, 548 y 549 del C.P.C., se ordena la continuación de la ejecución en los términos planteados." No se registran votos disidentes relevantes en el texto.

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