MARTINEZ MAXIMILIANO ROMAN S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara la sucesión ab intestato de Maximiliano Roman Martinez, atribuyendo la herencia a sus hijos y cónyuge, y confirma su fallecimiento ocurrido el 26 de marzo de 2025. La resolución se fundamenta en la prueba documental y el cumplimiento de las formalidades legales para la apertura de la sucesión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quien demanda (los herederos) solicita la declaración de la sucesión ab intestato de Maximiliano Roman Martinez, fallecido el 26 de marzo de 2025. A quién se demanda (el difunto, en su calidad de causante, y la familia) se le atribuye la condición de herederos. La demanda reclama la declaración judicial de la sucesión y la atribución de bienes. La resolución del tribunal, tras analizar la documentación probatoria, declara que los herederos universales son sus hijos Jeremías José Martinez y Lola Magali Martinez, y su cónyuge Daniela Gisela Garín, en cuanto a sus bienes propios, sin perjuicio de los derechos sobre los bienes gananciales. La sentencia destaca: "Que con el certificado acompañado con el escrito inaugural se acredita el fallecimiento de Don MAXIMILIANO ROMAN MARTINEZ, ocurrido el día 26 de marzo de 2025. Que éste había contraído matrimonio con Doña DANIELA GISELA GARIN el día 4 de abril de 2014, conforme surge del instrumento acompañado el 30/4/2025." Asimismo, se señala: "De conformidad con lo pedido, la conformidad prestada por la Sra Asesora de Menores en la pieza a despacho, y lo dispuesto por los artículos 2424, 2433 y cc del Código Civil y Comercial y arts. y 735 y 737 del C.P.C.C., se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Don MAXIMILIANO ROMAN MARTINEZ le suceden en carácter de universales herederos sus hijos JEREMIAS JOSE MARTINEZ y LOLA MAGALI MARTINEZ; y su cónyuge DANIELA GISELA GARIN a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales." No se mencionan votos en disidencia ni agravios posteriores.
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