ARREDONDO, ZULMA LUCIA c/ ANSES s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Cámara Federal de Mendoza revocó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del art. 9, inc. b) de la ley 24.018 modificada por la ley 27.546, permitiendo a la actora acceder a beneficios previsionales sin el requisito de cese efectivo en el cargo. La decisión se fundamenta en la protección de la independencia del Poder Judicial y la garantía de intangibilidad de las remuneraciones. La Cámara también rechazó el pedido de inconstitucionalidad del art. 3° y 6° de la ley 27.546 por exceder el marco del proceso, y ordenó regular los honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Zulma Lucia Arredondo demanda contra la ANSES solicitando la declaración de inconstitucionalidad del art. 9, inc. b) de la ley 24.018 modificada por la ley 27.546, por permitirle acceder a beneficios previsionales sin cese efectivo en su cargo.
- La Cámara Federal de Mendoza, en su sentencia, admitió parcialmente la acción, declaró la inconstitucionalidad del mencionado art., y ordenó a la ANSES que prescinda del requisito de cese efectivo.
- La Cámara fundamenta que la norma en cuestión vulnera principios constitucionales de autonomía y seguridad jurídica, y que la protección de la independencia judicial requiere que la remuneración no pueda ser reducida en forma regresiva.
- La Cámara también rechazó la pretensión de la demandada de mantener el cálculo del haber inicial sobre el último sueldo, por entender que la norma modificatoria desnaturaliza el régimen, afectando la proporcionalidad y la garantía de intangibilidad.
- En relación a las costas, la Cámara dispuso que sean en un 80% a cargo de la demandada y un 20% a cargo de la actora, y reguló honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia.
- Finalmente, la Cámara revocó la sentencia de primera instancia en el punto relativo a la constitucionalidad del art. 10 de la ley 24.018, y ordenó que se aplique la redacción original del mismo.
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